La responsabilidad del estado en el servicio de la salud

dc.contributor.authorAnchia de Rodriguez, Miriarn
dc.date.accessioned2020-08-03T16:17:34Z
dc.date.available2020-08-03T16:17:34Z
dc.date.issued1985-01
dc.descriptionARTICULOes_ES
dc.description.abstractEl deber de una prestación del servicio de salud de manera correcta va más allá del interés privado, al cama el interés social. Así, el artículo l de la Ley General de Salud, estipula: "La salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado": y el numeral que sigue, establece: "Es función esencial del Estado velar por la salud de la población". Por otra parte, el artículo 73 de nuestra Constitución Política creó los seguros sociales en beneficio de los trabajadores manuales e intelectuales, regulados por el sistema de contribución forzosa del Esta• do, los patronos y los trabajadores, a fin de proteger a éstos contra los riesgos de enfermedad, invalidez, maternidad, vejez, muerte y demás contingencias que la ley determine, y confirió la administración y el gobierno de tales seguros a la Caja Costarricense de Seguro Social.es_ES
dc.description.sponsorshipASOCOMEFO - Departamento de Medicina Legal, Poder Judicial, Costa Ricaes_ES
dc.identifier.issn2215-5287
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11764/2498
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherASOCOMEFO - Departamento de Medicina Legal, Poder Judicial, Costa Ricaes_ES
dc.relation.ispartofseriesMedicina Legal de Costa Rica;v2n1;6-7
dc.subjectSERVICIOS DE SALUDes_ES
dc.subjectINVESTIGACIÓNes_ES
dc.titleLa responsabilidad del estado en el servicio de la saludes_ES
dc.typeArticlees_ES

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