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dc.contributor.authorBarrot, Robert
dc.date.accessioned2020-08-07T19:25:15Z
dc.date.available2020-08-07T19:25:15Z
dc.date.issued1990-12
dc.identifier.issn2215-5287
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11764/2870
dc.descriptionARTICULOes_ES
dc.description.abstractEn la valoración del dallo corporal debe considerarse la reparación médica y la indemnización económica que cubre lo que no fue posible curar. Hay que distinguir entre el daño propiamente dicho y sus secuelas. En la indemnización del daño propiamente dicho debe tenerse un criterio integral que abarque tanto la reparación económica como el aspecto personal (ya desarrollado en otra conferencia). Deben observarse los principios de la igualdad de indemnización por daño similar y de la igualdad entre los lesionados. En la valoración de las secuelas debe considerarse que el perjuicio es evolutivo, la moneda de renta y el perjuicio anexo. La moneda de renta garantiza al lesionado un valor constante en el dinero de la indemnización. El perjuicio anexo comprende el sufrimiento el perjuicio estético y el conjunto de trastornos en la vida de relación.es_ES
dc.description.sponsorshipASOCOMEFO - Departamento de Medicina Legal, Poder Judicial, Costa Ricaes_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherASOCOMEFO - Departamento de Medicina Legal, Poder Judicial, Costa Ricaes_ES
dc.relation.ispartofseriesMedicina Legal de Costa Rica;v7n2;10-13
dc.subjectCOMPOSICIÓN CORPORALes_ES
dc.subjectINVESTIGACIÓNes_ES
dc.subjectHERIDAS Y TRAUMATISMOSes_ES
dc.titleLas diferentes categorías de daño corporales_ES
dc.typeArticlees_ES


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  • Medicina Legal de Costa Rica
    Es una revista que pública artículos científicos en medicina legal, derecho médico, médico forense, psiquiátria forense, entre otros.

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